Solicitar residencia en Panamá por reagrupación familiar

La reagrupación familiar en Panamá está contemplada dentro de los asuntos migratorios permitiendo a los ciudadanos extranjeros la posibilidad de solicitar la residencia siempre que cumplan con los requisitos.

Este vínculo con un ciudadano panameño puede darse hasta de tres formas, puede ser por ser cónyuge de un ciudadano de Panamá, por tener un hijo panameño o por tener un familiar directo que tenga la ciudadanía panameña como puede ser el padre o el hijo, para cualquiera de los casos hay que cumplir con una serie de requisitos.

También debemos mencionar que existe la reagrupación familiar por motivos humanitarios para ciudadanos venezolanos, aquellas personas que por circunstancias que todos conocemos se han visto en la necesidad de emigrar necesitan reencontrarse con su familiar en Panamá lo pueden hacer.

Para esto debe haber como mucho un cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; en todos los casos lo que el gobierno de Panamá emite es una visa por reagrupación familiar.

Residencia por reagrupación familiar como casado con un ciudadano panameño

Como indica el título, se trata de un permiso de residencia para ciudadanos extranjeros que estén legalmente casados con un ciudadano de Panamá.

Hay que demostrar la estabilidad y continuidad del vínculo, pasados dos años de obtener la residencia que en primera instancia es temporal, ya es posible solicitar la residencia permanente.

Los requisitos son los siguientes:

  • Certificado de matrimonio el cual debe ser otorgado por la oficina de registros civiles en Panamá, en caso la unión haya sido en el extranjero también debe estar inscrita en registro civil de Panamá.
  • Certificado de nacimiento del cónyuge que sea de nacionalidad panameña.
  • Copia del documento de identidad del cónyuge panameño, debe estar vigente.
  • Permiso de trabajo y copia del carné del permiso de trabajo de la persona que solicita.
  • Documento que sustente la solvencia económica del cónyuge panameño.
  • El ciudadano panameño debe entregar también una carta de responsabilidad.
  • El solicitante debe presentar su certificado de antecedentes penales apostillado.
  • Debe presentar certificado médico emitido por un centro de salud autorizado por el gobierno de Panamá.
  • En caso de tener hijos debe presentar su certificado de nacimiento.
  • Documento que corrobore el domicilio del cónyuge y donde también debe residir el solicitante.
  • Habrá una entrevista marital, este encuentro será programado para darse en una fecha y hora específica, de no poder presentarse debe presentar una justificación dentro de los 3 días de la cita para una reprogramación.

Es importante tener conocimiento de que las autoridades migratorias de Panamá podrán visitar el domicilio del cónyuge panameño para constatar la veracidad de la información y poder otorgar la residencia por reagrupación familiar.

Reagrupación familiar como dependiente de residente permanente

En este caso los solicitantes pueden ser menores de 18 años, personas con algún tipo de discapacidad o padres dependientes, en todos los casos mencionados el familiar debe ser residente temporal, permanente o un ciudadano panameño.

También pueden hacer la solicitud de residencia por reagrupación familiar mayores de 18 años pero menores de 25 años, también hay que considerar que deben estar estudiando al momento de la solicitud y deben demostrar dependencia económica del familiar en Panamá.

Los requisitos y documentos para este segundo caso son los siguientes:

  • El ciudadano panameño debe presentar una carta de responsabilidad.
  • Constancia del vínculo familiar, puede ser un certificado de matrimonio, certificado de nacimiento o de ser el caso una constancia de tutela.
  • Si el solicitante está dentro de los 18 y 25 años debe presentar un certificado de su centro de estudios y una constancia de soltería, hay que añadir que los estudios deben ser a tiempo completo.
  • El ciudadano panameño debe sustentar su solvencia económica.

Para esto puede recurrir a la copia de su declaración de impuestos con Paz y Salvo demostrando además unos ingresos de 1000 dólares mensuales como mínimo o de ser el caso 100 dólares mensuales de ingreso por cada familiar dependiente.

También debe presentar una carta de trabajo, constancia de inscripción en el seguro social, además de la copia de su permiso de trabajo.

Finalmente, debe entregar una carta de referencia bancaria en la que se debe constatar que el residente perciba un ingreso mensual de 4 cifras.

Reagrupación familiar por hijos con ciudadanía panameña

Esta tercera modalidad de reagrupación familiar es a la que pueden acceder extranjeros siempre que tengan hijos con 5 años de edad como mínimo en adelante y nacidos en Panamá.

Hay que acotar que esta calidad migratoria lo que busca es mantener la protección del menor de edad y la unión familiar en favor de los hijos, por ello es que las leyes migratorias panameñas contemplan estos casos.

También hay requisitos que cumplir para poder obtener esta residencia por reagrupación familiar:

  • Debe presentar poder y solicitud, en ambos casos notariados y con los timbres fiscales, adicionalmente debe estar el apoderado judicial.
  • Contar con tres fotografías tamaño carné, en color y recientes.
  • Copia del pasaporte la cual debe estar notariada.
  • Presentar certificado de antecedentes penales siempre que el hijo de nacionalidad panameña sea mayor de edad.
  • El solicitante debe presentar su certificado de salud de acuerdo al programa de salud de Panamá.
  • Cheque por 250 balboas en favor del tesoro nacional.
  • Un segundo cheque por 800 balboas en favor al servicio nacional de migración de Panamá.
  • Se debe presentar una declaración jurada notariada del padre o madre, dependiendo de quién sea el solicitante y en el que se de manifiesto de haber cumplido sus deberes como progenitor.
  • Certificado de nacimiento del hijo panameño el cual se obtiene en las oficinas de registro civil de Panamá.
  • El ciudadano panameño debe presentar una carta de responsabilidad notariada.
  • Documento que corrobore el domicilio del ciudadano panameño por el cual sus padres están solicitando el permiso de residencia.

Obtener el permiso de trabajo por reagrupación familiar

Antes de comentar este punto, hay que recordar que en el caso de ciudadanos venezolanos la reagrupación familiar tiene un procedimiento el cual se lleva a cabo en el consulado de Panamá en dicho país.

Lo mismo pasa con los demás países siempre que se cumplan los requisitos mencionados, pero es información que ha ido variando en estos meses debido a la pandemia por lo que algunos procedimientos pueden haber sido llevados al entorno virtual de manera que es recomendable consultar la Web del consulado de Panamá en tu país.

Ahora, viendo el tema del trabajo, es posible obtener un permiso de trabajo mediante la reagrupación familiar, aunque es en muchos casos recomendable asesorarse con un abogado:

  • Presentación de solicitud de permiso de trabajo.
  • Testamento el cual se puede obtener mediante la administración nacional de migración, dicho documento debe especificar el estado del movimiento del solicitante el cual debe equivaler a 8.00 estampillas.
  • Duplicado de la tarjeta otorgada por la administración de movimiento nacional, este documento señala la licencia de ocupante perpetuo para el solicitante y así poder aplicar a ofertas laborales, este duplicado debe obtenerse en un «Open Legal» oficial.
  • Presentación de una declaración jurada ante un oficial autorizado de los padres en caso el solicitante sea menor.
  • Cuatro fotografías con el formato para visa, deben llevar el nombre del solicitante al reverso.

Hay que considerar que al igual que con los requisitos para reagrupación familiar anteriores, las autoridades migratorias de Panamá pueden realizar inspecciones en el domicilio a fin de corroborar la información entregada durante el proceso de solicitud.

En este caso, el servicio de trabajo también puede realizar estas inspecciones, este permiso de trabajo en Panamá tiene una vigencia de un año, pero se puede renovar o extender.

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